Para vender una propiedad, todos los propietarios deben firmar el contrato de compraventa o de arras, o una persona con poder notarial. En matrimonio ganancial, ambos cónyuges deben firmar. En separación de bienes, firma el propietario o ambos si son dueños al 50%. En una sociedad, firma el administrador o designados según los estatutos; verificar que el poder notarial no esté revocado es crucial. Si hay usufructo, firma solo el nudo propietario; el usufructuario no puede vender la propiedad.